Los términos y condiciones que a continuación se detallan regulan el acceso y la utilización de la plataforma AUTOGESTIÓN Santa Fe (Trámites a Distancia), y de los servicios que se brindan al usuario por medio de la misma. Por lo que se solicita al usuario lea los términos y condiciones con detenimiento ya que el uso de la plataforma implica la aceptación a los mismos revistiendo la presente el carácter de declaración jurada.
A la persona humana que accede a AUTOGESTIÓN Santa Fe a través de la siguiente Página de Internet Portal de Autogestión y se registra mediante su clave fiscal o ID CUIDADANA aceptando los Términos y Condiciones de su uso.
Es el escritorio virtual a través del cual el usuario de AUTOGESTIÓN Santa Fe puede iniciar trámites, hacer presentaciones, acceder a sus trámites iniciados, sus tareas, documentos, notificaciones y comunicaciones. La misma se presume propia, por el que el usuario no podrá alegar en ningún caso desconocimiento de las tareas, comunicaciones o notificaciones que fueran efectuadas en la misma. El acceso a esta plataforma es gratuito y solo está condicionado a la aceptación y cumplimiento de los Términos y Condiciones de Uso. El usuario puede acceder a la cuenta de usuario mediante la Clave Fiscal obtenida a través de la ADMINISTRACIóN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, en adelante: AFIP. La Clave Fiscal es administrada por la AFIP y el usuario de AUTOGESTIÓN Santa Fe deberá dirigirse a ese organismo ante cualquier inconveniente relacionado con la misma. También podría ingresar al Portal mediante ID CIUDADANA de acuerdo al trámite a efectuar por el Usuario. Si el Usuario no está de acuerdo con estos Términos y Condiciones de Uso, debe abstenerse de ingresar, utilizar y/o registrarse en el Sitio. El desconocimiento del Usuario de estos Términos y Condiciones de Uso no implicará la no aplicación de las disposiciones y cláusulas contenidas en los mismos.
Iniciado un trámite en la plataforma de AUTOGESTIÓN el usuario podrá optar por no continuar utilizando la Plataforma, debiendo manifestarlo mediante una presentación en dicho trámite
La cuenta de usuario será considerada el Domicilio Especial Electrónico constituido para aquellos trámites que se gestionen utilizando la plataforma AUTOGESTIÓN SantaFe. El Domicilio Especial Electrónico del usuario es el habilitado por la Administración para el ejercicio de sus derechos y obligaciones durante la tramitación en AUTOGESTIÓN Santa Fe. Todo usuario, que realice trámites o actos procedimentales en la plataforma, deberá constituir domicilio electrónico, donde se notificarán las comunicaciones con firma electrónica/digital y las cuales se tendrán por válidas, de acuerdo a lo dispuesto por los artículos 21 inc d); 79 y cc del Decreto 4174/15 "Reglamento para el trámite de Actuaciones Administrativas" y del Decreto 426/17.
Una vez seleccionado el trámite el usuario podrá cargar la documentación relacionada con dicho trámite luego de lo cual el sistema le otorgará un número de expediente. A dichos efectos, se entenderá por carga efectuada correctamente cuando la Administración otorgue el referido número de Expediente, siendo la fecha y hora de la carga la que otorgue el servidor de la Administración.
La carga de documentación puede realizarse durante las VEINTICUATRO (24) horas de todos los días del año.
El cómputo de plazos se hará a partir del primer día hábil siguiente al de la carga de documentación efectuada correctamente por el usuario en su cuenta.
La carga de documentación efectuada en un día inhábil se entenderá efectuada el primer día hábil siguiente.
El usuario deberá ingresar a la plataforma AUTOGESTIÓN SantaFe con la periodicidad que considere pertinente a fin de controlar la existencia de tareas, notificaciones o comunicaciones efectuadas por la Administración.
Todas las notificaciones que deban ser cursadas en el marco de la tramitación de la plataforma AUTOGESTIÓN SantaFe, lo serán a través del Servicio de Notificaciones Electrónicas que forma parte de la Plataforma y de conformidad con los Términos y Condiciones Particulares de dicho servicio expuestos en el presente. Todas las notificaciones que deban cursarse en el marco de la Plataforma de AUTOGESTIÓN SantaFe, Tramites a Distancia, se realizarán en la cuenta de usuario que es el domicilio especial electrónico constituido por el mismo, y al cual adhiere por la presente siendo consideradas válidas y vinculantes todas las notificaciones y comunicaciones que se efectúen en conformidad con el Decreto 4174/15. El Usuario no podrá invocar el desconocimiento de una notificación por su falta de ingreso a la Plataforma.
La Plataforma AUTOGESTIÓN SantaFe, es administrada por la SECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS PARA LA GESTIÓN DEPENDIENTE DEL MINISTERIO DE GOBIERNO Y REFORMA DEL ESTADO en adelante STG. Las deficiencias que afecten al uso de la plataforma originadas en el incumplimiento de los requisitos técnicos y de funcionamiento por parte del usuario, serán por él asumidas, sin que esta Administración Provincial se haga responsable de otras circunstancias que las que sean imputables al correcto funcionamiento de la Plataforma.
El incumplimiento de los Términos y Condiciones de Uso, Generales y/o Particulares por parte del usuario, facultará a la Administración a suspender o revocar el acceso a la plataforma. La Administración se reserva la facultad de iniciar las medidas legales si del actuar malicioso o fraudulento del usuario en la plataforma se generó algún daño.
La STG se reserva la facultad de modificar los Términos y Condiciones Generales y/o Particulares, sin que ello genere responsabilidad alguna para la misma, informando de los cambios a los usuarios a través de la misma plataforma.
La STG adopta las medidas técnicas adecuadas y los controles necesarios a fin de evitar rupturas en la seguridad de la Plataforma que pudieran afectar la confidencialidad de la información contenida en las cuentas de usuario. La Administración Pública Provincial no será responsable por los daños y perjuicios que pudieran ocasionarse como consecuencia del uso o manipulación indebidos que el propio usuario o un tercero hicieran de los contenidos de las cuentas de usuario de la Plataforma AUTOGESTIÓN SantaFe .
Todas las notificaciones que deban cursarse en el marco de los trámites a distancia descripta en los Términos y Condiciones Generales de la Plataforma AUTOGESTIÓN SantaFe se realizarán en la cuenta de usuario, que es el Domicilio Electrónico Constituido y al cual el usuario adhirió. Las notificaciones realizadas mediante el Servicio de Notificaciones Electrónicas surtirán los mismos efectos que las practicadas por los demás medios admitidos en el Artículo 21 del Decreto N° 4174/15. La Notificación se considerará perfeccionada cuando el contenido de la misma esté disponible en la cuenta de usuario de destino. A dichos efectos, se considerará al usuario notificado el primer día hábil siguiente al de la fecha de ingreso a su cuenta. Cuando la notificación se haya efectuado en día u hora inhábil, se tendrá por notificado desde el primer día hábil siguiente, a partir del cual comenzarán a correr los plazos respectivos.A los efectos de establecer la fecha y hora de la notificación, las mismas serán las que otorgue el servidor del Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE).
La Administración Provincial podrá utilizar la casilla de mail denunciada por el usuario en la plataforma Autogestión Santa Fe, para avisar o alertar al mismo acerca de notificaciones, comunicaciones, tareas y otros. El usuario deberá mantener actualizada toda la información relativa a los datos del mail denunciados en la plataforma para continuar recibiendo los avisos o alertas en el mismo. El usuario no se considerará notificado por el mero hecho de ingresar a su casilla de mail y tomar conocimiento de un aviso/alerta de notificación debiendo entrar en la plataforma AUTOGESTIÓN SantaFe.